¿Por qué la aerolínea no le paga los 600 € de compensación?
El cierre del espacio aéreo, la escalada de un conflicto militar o los ataques con misiles entran dentro de las «circunstancias extraordinarias» que recoge el Reglamento 261/2004 de la UE. La aerolínea no ha provocado esa situación y, por seguridad, sencillamente no puede volar.
En ese caso, normalmente no hay que pagar la compensación (250–600 €). Si en el aeropuerto le dicen que no le corresponde compensación, esta vez —a diferencia de tantas otras excusas— es cierto.
Pero eso no afecta a los demás derechos que el Reglamento de la UE reconoce al pasajero.
Derecho al reembolso o a un vuelo alternativo
Si la aerolínea cancela el vuelo (incluso por motivos bélicos), tiene dos opciones.
Primera opción: reembolso del 100 % del precio del billete
Tiene derecho al reembolso íntegro en la cuenta desde la que pagó, y la aerolínea debe devolverle el dinero en un plazo de 7 días.
Cuidado con el truco del vale: las aerolíneas intentarán endosarle saldo para futuros vuelos, pero no está obligado a aceptarlo. Si quiere efectivo, insista.
Segunda opción: vuelo alternativo
Si todavía quiere o necesita llegar al destino, la aerolínea debe organizarle un vuelo alternativo «en condiciones comparables y a la mayor brevedad» o «en una fecha posterior que le convenga».
Derecho a asistencia: alojamiento, comida y traslado
Aunque la aerolínea no tenga que pagar compensación económica, sí tiene que hacerse cargo de usted.
Si espera un vuelo alternativo, tiene derecho a:
- Alojamiento durante la espera
- Comida y bebida en cantidad razonable
- Traslado entre el aeropuerto y el hotel
Si la aerolínea no le facilita alojamiento, busque un hotel por su cuenta, guarde todos los recibos (hotel, taxi, comida) y reclame el reembolso a la vuelta.
Este derecho se aplica siempre, sea cual sea el motivo de la cancelación.
Vuelos a Asia: cancelación de conexiones
Por el cierre del espacio aéreo, algunos vuelos de conexión no pueden despegar o los aviones tienen que bordear la zona con escalas forzosas.
Tampoco en este caso le correspondería la compensación económica de 250–600 €. Pero la aerolínea sí debe hacerse cargo de usted: alojamiento, comida y traslado durante la espera.
¿Ayuda el seguro de viaje?
La mayoría de los seguros de viaje estándar excluyen los «hechos de guerra, terrorismo y disturbios». Por eso un seguro corriente no suele cubrir los gastos derivados de la cancelación de un vuelo por un conflicto militar.
Excepción: el seguro de cancelación
Un seguro específico de cancelación de viaje o de billete sí puede servirle si:
- Compró el billete y el seguro cuando la situación en ese país estaba en calma.
- La recomendación oficial de «no viajar» del Ministerio de Asuntos Exteriores se emitió después de haberlo pagado todo.
En ese caso, las aseguradoras suelen aceptar la cancelación. Consúltelo con la suya.
Viajes contratados con agencia (paquetes turísticos)
Si viaja dentro de un paquete contratado con una agencia, le protege además la ley de viajes combinados.
Antes de salir (cancelación previa al viaje): si en el destino se han producido circunstancias extraordinarias, puede cancelar el viaje sin penalización. La agencia debe devolverle el dinero en 14 días, aunque normalmente no hay derecho a compensación adicional.
Si se queda varado en el destino (regla de los 3 días): si le cancelan el vuelo de vuelta por el cierre del espacio aéreo, la ley obliga a la agencia a cubrir el alojamiento durante un máximo de 3 noches por persona. Pasados esos tres días, decae la obligación legal de la agencia y los costes adicionales suelen correr de su cuenta.
Procedimiento paso a paso
- No cancele nada por su cuenta: si es usted quien cancela el billete, pierde el dinero. Espere a que lo haga la aerolínea.
- Guarde los recibos: comida, hotel, taxi… archívelo todo para reclamar el reembolso después.
- Rechace los vales: si quiere recuperar su dinero, insista en el reembolso en efectivo. No está obligado a aceptar el vale.